Derogan el decreto electoral del macrismo que permitía el voto por correo en el exterior

El Gobierno determinó que dicho accionar fue una decisión unilateral que no contó con el aval del Congreso de la Nación

 

 

El Gobierno nacional derogó este martes el decreto 45/19 publicado por la gestión del expresidente Mauricio Macri que permitía a los argentinos residentes en el exterior realizar el voto por correo postal. La decisión salió publicada hoy en el Boletín Oficial por medio del decreto 189/2021 con la firma del presidente Alberto Fernández, ya que consideran que la determinación del macrismo no contó con el aval del Congreso.

El decreto de la gestión anterior introdujo modificaciones a la reglamentación, implementando un sistema de votación por correo postal como forma opcional de ejercer el derecho al sufragio para los argentinos residentes en el exterior. De acuerdo al Gobierno de Fernández dicho accionar conllevó la creación de un nuevo sistema de votación que no estaba previsto en la legislación electoral aprobada por el Congreso de la Nación.

También consideraron que “el entonces titular del Poder Ejecutivo Nacional determinó en forma unilateral y por vía reglamentaria, aspectos vinculados a la conformación de padrones de electores y electoras por correo postal, utilización de sobres electorales, procedimientos para la emisión del sufragio y posterior escrutinio”, sin la intervención del Congreso ni legislación que habilite reglamentar esta modalidad de votación.

En la misma línea, el decreto de Alberto Fernández recuerda que el artículo 86 del Código Electoral nacional estipula que los electores “pueden votar únicamente en la mesa receptora de votos en cuya lista figuren asentados y asentadas”, debiendo el presidente de la mesa verificar si el elector a quien pertenece el documento cívico figura en el padrón electoral de la mesa.

 

Nueva modalidad de votación

Por eso, se restableció la vigencia de las normas modificadas, sustituidas o derogadas por el decreto macrista. Es decir, se vuelve a la situación conforme al decreto 1138/93, que estableció “las previsiones necesarias para poder llevar adelante los comicios en las sedes de las Representaciones diplomáticas y consulares de la República Argentina en el exterior”. El actual decreto comenzará a regir a partir del siguiente día a ser publicado en el Boletín Oficial.

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